Argentina,
27 de Enero de 2014
Dolar
para atesorar permitido por el Gobierno Argentino. Resolución
General 3583
El Banco Central de la República Argentina publicó
este lunes la Comunicación "A 5526" que deroga
la probición de comprar divisas para atesoramiento y
establece que el pago de las operaciones sólo podrá
efectuarse con débito a una cuenta a la vista abierta
en entidades financieras a nombre del cliente, o con
transferencia vía MEP a favor de la entidad interviniente
de los fondos desde cuentas a la vista del cliente abiertas
en una entidad financiera, o con pago con cheque de
la cuenta propia del cliente
El Gobierno oficializó hoy la medida que permite la
compra de dólares para atesoramiento. La AFIP publicó
en su sitio los detalles de los requisitos y topes que
tendrá desde hoy la adquisición de divisas
La AFIP NO publicará los nombres de quienes compren
dólares
Para comprar dólares se deberá tener un ingreso mínimo
de $7200.
Quienes depositen divisas por un año no tendrán el recargo
del 20 %.
Argentina,
03 de Diciembre de 2013
Dolar
Turista. La AFIP aumenta al 35% las retenciones para
compras en el exterior
Resolución general 3550 de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
El Gobierno informó hoy a través del Boletín Oficial
que aumenta el costo de la compra de dólares para turismo
y el recargo de las tarjetas para compras en el exterior.
La alícuota que era del 20 % aumenta al 35%. La nueva
medida pretende desalentar la salida de divisas del
pais.
Argentina,
18 de Marzo de 2013
Dolar Turista. La AFIP aumenta la presión fiscal por
viajes al exterior
El Gobierno argentino decidió reforzar
el cepo al dólar, aumentando la alícuota sobre las compras
en el exterior al 20%, la medida incluye también todo
tipo de paquetes turísticos comprados en el país, ya
sea su pago en pesos, o con tarjetas de crédito.
La medida, que entró en vigencia desde
la publicación en el Boletín Oficial, de la Resolución
3450, alcanza a "las operaciones de adquisición
de bienes y/o prestaciones, locaciones de servicios
y/o adelantos en efectivo, efectuadas en el exterior
por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante
la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra,
comprendidas en el Sistema previsto en la Ley N° 25.065,
administradas por entidades del país".
Asimismo, "resultan incluidas
las compras efectuadas a través de portales o sitios
virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las
operaciones se perfeccionen —mediante la utilización
de Internet— en moneda extranjera".
Como novedad, el recargo alcanzará
a "las operaciones de adquisición de servicios
en el exterior contratados a través de agencias de viajes
y turismo del país", así como a "las operaciones
de adquisición de servicios de transporte terrestre,
aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera
del país".
Argentina, 14 de Diciembre de 2012
Dolar Turista. Se podrá comprar
desde hoy con dinero en efectivo
Con previa autorización de la AFIP. desde
hoy, el Banco Central habilitará (para quienes viajen
a exterior) la posibilidad de compra de divisas con efectivo.
Argentina, 01 de Noviembre de 2012
Se suman más restricciones para
la compra de dólares en Argentina.
Por normativa del Banco Central de la República Argentina,
desde hoy, se prohibe la compra de dólares para créditos
hipotecarios.
La prohibición ya estaba prevista por el comunicado 5318
emitido el 7 de Julio de 2012, el Banco Central dispuso
que sólo podrán comprar dólares con pesos provenientes
de un crédito hipotecario quienes hubieran gestionado
carpetas preacordadas.
En definittiva, desde hoy, sin importar si el crédito
fue preacordado antes o después del 7 de julio: el BCRA
no permite en ningún caso que quien saca un crédito hipotecario
compre con esos pesos dólares para pagar una vivienda
Argentina, 18 de Octubre de 2012
Dolar Turista. La AFIP profundizó
la restricción en los últimos días
Ya es casi imposible conseguir autorización
para la compra de moneda extranjera. Como consecuencia
de las nuevas restricciones para acceder al dólar turista,
ayer, subió el precio del dólar paralelo. Las nuevas medidas
oficiales que limitan la compra del "dólar turista"
hicieron subir el precio del dólar Blue 11 centavos. Es
decir a pesos 6,33.
Argentina, 26 de Septiembre de 2012
Dolar Turista. Nuevas restricciones
La AFIP ahora autoriza un tope máximo de 5760 pesos para
cambiar por divisas para viajes.
Argentina, 13 de Septiembre de 2012
Cepo cambiario también alcanza a
PayPal en Argentina ?
PayPal es una empresa estadounidense, propiedad de eBay,
perteneciente al sector del comercio electrónico por Internet
que permite la transferencia de dinero entre sus usuarios.
"Residentes argentinos usuarios de PayPal solo podrán
enviar y recibir pagos internacionales. Los pagos domésticos
entre dos residentes argentinos usuarios de PayPal no
estarán disponibles"
A partir del 9 de Octubre ya no se podrán realizar operaciones
entre usuarios residentes en Argentina.
Luego, Paypal informó que se trató de un error sistémico.
Por lo cual, de momento, el comunicado anterior quedaría
sin efecto.
Argentina, 03 de Septiembre de 2012
Más Novedades respecto al Cepo cambiario:
DOLAR TARJETA
Las compras online en dólares y con Tarjetas de Débito
tendrán un recargo del 15%
Hoy se publicó en el Boletin Oficial
la resolución general 3379 firmada por el titular de la
(AFIP, Ricardo Echegaray, que aplica el anticipo de los
impuestos "a las Ganancias y Bienes Personales para
las operaciones de adquisición de bienes y/o servicios
efectuadas por sujetos residentes en el país a vendedores
o prestadores del exterior".
El artículo 3°
de la norma precisa que la percepción del 15% “deberá
practicarse a la fecha de débito en la cuenta bancaria
asociada a la misma”.
Igual que en los casos de
las compras concretadas con tarjetas de crédito, esa tasa
del 15 por ciento será tomada a cuenta del impuesto a
las Ganancias o al de Bienes Personales.
Argentina, 30 de
Agosto de 2012
Nuevas restricciones para quienes
realicen compras con tarjetas en el exterior
DOLAR TARJETA: Se encarece el consumo con pago a través de Tarjetas en
el exterior.
A través de la resolución 3378 de la
AFIP, los usuarios de Tarjetas de Crédito que realicen
compras en el Exterior, deberán pagar un 15 por ciento
de anticipo que luego podrá ser deducido del Impuesto
a las Ganancias o de Bienes Personales.
Hay que tener en cuenta que las tarjetas
pesifican los dólares a un valor algo más alto que el
del dólar oficial. Entonces, los turistas que viajen al
exterior y utilicen sus Tarjetas de Crédito deberán calcular
un valor del dólar en un 18% aproximadamente más caro
que el precio oficial.
Según AFIP, las medidas abarcan a un
sector de unos 168.000 tarjetas que en el último año y
medio efectuaron consumos en el exterior por unos $ 7.400
millones.
Esta nueva disposición de la AFIP regirá para las operaciones
realizadas a partir del primero de septiembre y que se
liquidarán en octubre.
Argentina, 10 de
Agosto de 2012
El Banco Central amplió medidas
para dólar turista
COMUNICACIÓN “A” 5339 09/08/2012
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:
Ref.: Circular
CAMEX 1 - 702
Mercado Único y Libre de Cambios. Comunicación
“A” 5330.
____________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. a los efectos
de comunicarles que se ha dispuesto con vigencia a partir
del 10.08.2012 inclusive, modificar el punto 3.2. del
Anexo a la Comunicación “A” 5264 modificado
por las Comunicaciones “A” 5295, “A” 5318 y “A” 5330,
reemplazándolo por el siguiente:
"3.2. Las personas físicas residentes por sus viajes
y familiares a cargo; las personas jurídicas
del sector privado constituidas en el país, gobiernos
locales y universidades
por los viajes de sus funcionarios, directivos, empleados
en relación de dependencia
y contratados, también podrán acceder al mercado local
de cambios para la compra
de billetes en moneda extranjera y cheques del viajero,
bajo el concepto de “turismo
y viajes” por los montos que sean razonables en función
de los lugares de destino y
días de estadía, y en la medida que cumplan los siguientes
requisitos:
a. Presentación de declaración jurada del cliente sobre
el viaje a realizar y días
de estadía en el exterior en la cual el cliente asume
el compromiso de
reingreso de los fondos dentro de los 5 días hábiles siguientes,
en el caso de
suspensión del viaje. Las postergaciones de fecha por
más de 10 días hábiles
se considerarán como suspensiones del viaje por el cual
se solicitó el acceso
al mercado local de cambios.
b. Se cuenta con la validación fiscal de los fondos a
utilizar en la compra de
moneda extranjera, en los casos que dicho requisito sea
aplicable.
En los casos de viajes con destinos a países limítrofes,
y a países que adoptaron el
Euro como moneda local, las ventas de cambio deben corresponder
exclusivamente
a billetes de los países que serán visitados en el viaje
al exterior”.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA |